Documento mercantil (con menos requisitos formales que una factura) entregado al cliente cuando realiza la compra de un producto o un servicio.
No te vuelvas loco con la definición. La factura simplificada es el ticket que nos dan cuando vamos a una tienda y compramos cualquier cosa. Aunque tiene menos requisitos formales que una factura, la factura simplificada (ticket de caja) está regulada por Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. La factura simplificada es la nueva denominación de los tiques (sí, está bien escrito, tique está en el diccionario de la RAE)
¿Cuándo puedo emitir una Factura simplificada (ticket de caja)?
El articulo 4 del Reglamento de Facturación indica las siguientes dos situaciones:
- Con carácter general, cuando el importe de la transacción no exceda de 400 € (IVA incuido)
- En las siguientes situaciones siempre que el importe no exceda de 3.000 € (IVA incluido)
- Ventas al por menor
- Ventas o servicios en ambulancia.
- Ventas o servicios a domicilio del consumidor.
- Transportes de personas y sus equipajes.
- Servicios de hostelería y restauración prestados por restaurantes, bares, cafeterías, horchaterías, chocolaterías y establecimientos similares, así como el suministro de bebidas o comidas para consumir en el acto.
- Servicios prestados por salas de baile y discotecas.
- Servicios telefónicos prestados mediante la utilización de cabinas telefónicas de uso público, así como mediante tarjetas que no permitan la identificación del portador.
- Servicios de peluquería y los prestados por institutos de belleza.
- Utilización de instalaciones deportivas.
- Revelado de fotografías y servicios prestados por estudios fotográficos.
- Aparcamiento y estacionamiento de vehículos.
- Alquiler de películas.
- Servicios de tintorería y lavandería.
- Utilización de autopistas de peaje.
¿Datos que contiene una Factura simplificada (ticket de caja)?
Regulado en el artículo 7 del Reglamento de Facturación, la factura simplificada (ticket de caja) debe incluir:
- Número y en su caso serie.
- Fecha de expedición y fecha de la operación si es distinta de la anterior.
- NIF e identificación del expedidor.
- Identificación del bien entregado o servicios prestados.
- Tipo impositivo y, opcionalmente también la expresión “IVA incluido”. Si hay operaciones sujetas a diferentes tipos impositivos deberá especificarse por separado y además, la parte de Base Imponible correspondiente a cada operación.
- Contraprestación total.
- En caso de que se aplique el régimen especial del criterio de caja del IVA, la mención “régimen especial del criterio de caja”.
A veces, la persona que le hemos expedido la factura simplificada (ticket de caja) nos puede pedir que le incluyamos su NIF, su domicilio y la cuota repercutida. ¿Motivo? Nuestro comprador es un empresario o profesional que quiera deducirse esa factura o es un particular que exija factura para ejercer un derecho de naturaleza tributaria. Tenemos la obligación de incluir dicho datos (NIF, su domicilio y la cuota repercutida)
Recuerda que tienes la obligación de conservar copia o matriz de las facturas simplificadas y mantente atento a la normativa, ya que Hacienda quiere más control.