Por rebajas podemos entender:
- Una promoción de ventas, consistente en la venta de productos a precios reducidos durante un período de tiempo limitado.
- El período de tiempo, durante el cual se realiza la venta de productos a precios reducidos.
Vamos a ver cómo define la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista en su artículo 24 la venta en rebajas.
Se entiende que existe venta en rebajas cuando los artículos objeto de la misma se ofertan, en el mismo establecimiento en el que se ejerce habitualmente la actividad comercial, a un precio inferior al fijado antes de dicha venta
Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista (art.24)
En España, la competencia en comercio minorista es de las CC.AA., por lo que muchas de ellas tienen normativa autonómica que has de conocer. Ya sabes que a la Administración le gusta que leamos los boletines oficiales 😉 Fundamentalmente estas normativas intentan evitar las malas praxis (comprar mercancía para venderla en rebajas, subir previamente los precios para simular su rebaja…)
Recuerda que el concepto rebaja tradicionalmente se ha utilizado para eliminar los stocks de temporada. Tiene sentido rebajar un 70% las 10 camisas hawaianas con estampado de piñas rosas (en que estaríamos pensando cuando las compramos) que evidentemente no hemos sido capaces de vender en toda la temporada, pero ¿tiene sentido rebajar el polo negro lacoste?
El producto que no vendemos en las rebajas… tiene un nuevo destino una tienda outlet
Es importante no confundir los conceptos rebajas, liquidación y saldos.