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Horario en el que un establecimiento comercial permanece abierto al público.
El determinar ese horario depende de dos factores:
- la voluntad del dueño del comercio
- la legislación
Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales, en su artículo 1 dice:
cada comerciante determinará con plena libertad el horario de apertura y cierre de sus establecimientos comerciales de venta y distribución de mercancías, así como los días festivos de apertura y el número de horas diarias o semanales en los que ejercerá su actividad
pero… la misma Ley 1/2004, en su artículo 2, dice
que la regulación del horario comercial depende de las Comunidades Autónomas. ¡Tienes que preguntar en tu CC.AA.!
A nivel general
- Ninguna CC.AA. puede determinar un horario comercial, durante los dias laborables, menor de 90 horas semana.
- Las CC.AA., tienen que determinar como mínimo 10 domingos y festivos en los que se puede abrir el comercio.
Horario Comercial especiales
- pastelerías, panaderías, platos preparados, presnas, gasolineras y floristerías tiene libertad de horario comercial
- tienda de conveniencia, tienen libertan de horarios
- ZGAT (Zona de Gran Afluencia Turística)
- Los establecimientos de menos de 300 metros cuadrados, tienen libertad de horarios
- Farmacias y estancos, tienen una normativa propia.